El Gobierno pone en marcha el Plan de Respuesta Inmediata de Reconstrucción y relanzamiento de la Comunitat Valenciana. Se aprueba declaración de zona catastrófica y primer Decreto-ley de respuesta inmediata y urgente ante la catástrofe de la DANA.
AYUDAS VIVIENDAS AFECTADAS
El Consell concederá ayudas directas y urgentes de un máximo de 6.000 euros a las personas que tengan una vivienda situada en alguno de los municipios afectados por el temporal del mes de octubre para hacer frente a la pérdida de bienes y enseres de primera necesidad , cuyo contenido haya resultado gravemente dañado. Únicamente se podrá presentar una solicitud de ayuda por vivienda desde el 5/11/2024 hasta el 16/12/2024.
El importe de las ayudas irá destinado a la indemnización o compensación por los daños ocasionados por el temporal en los enseres y bienes de primera necesidad de la vivienda. La vivienda debe estar en alguno de los términos municipales incluidos en el anexo I del Decreto 163/2024, de 4 de noviembre, del Consell, por el que se aprueban las bases reguladoras y el procedimiento de concesión directa de estas ayudas urgentes.
Los solicitantes deberán aportar:
- Título jurídico que le habilita para hacer uso de la vivienda o documento con valor probatorio de residencia en la vivienda afectada.
- Declaración responsable del domicilio exacto de la vivienda afectada, así como declaración de conformidad con las presentes bases reguladoras, todo ello mediante la cumplimentación del modelo que se incluye en el anexo II del presente decreto.
- Documentación acreditativa para domiciliación bancaria.
-Sólo se admitirá una solicitud por vivienda
-Se debe acreditar la residencia en la vivienda afectada
-Se comprobará que la vivienda se ubica en el área afecta y que ha sufridos daños
Se puede solicitar vía trámite telemático en https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=101532 o a través de las oficinas de la Generalitat, preferente en el municipio donde se ubica la vivienda.
AYUDAS DIRECTAS A LA CIUDADANÍA
– Hasta 72.000 € por casos de incapacidad
– Entre 20.000 y 60.000 € para reparación de viviendas dañadas
– Hasta 10.300 € para cambiar o reparar muebles, electrodomésticos o enseres dañados
– Hasta 37.000 € para reparar elementos de comunidades vecinos, como portales o ascensores
Se multiplican X4 las Ayudas RD 307/2005, que se hacen universales, sin umbrales de renta
AYUDAS PARA TRABAJADORES, PYMES Y AUTÓNOMOS CON DOMICILIO FISCAL EN ZONA DANA
Se activan 838 M€
-Entre 10.000 y 150.000 €, en función volumen operaciones (Fácil y rápido ya que bastará con indicar el número de cuenta bancaria y empezarán a cobrarse en menos de 30 días)
-Nueva prestación incapacidad temporal extraordinaria para todas las personas afectadas física o psicológicamente: se pagará el 75% salario desde el primer día de incapacidad.
-Personas autónomas: posibilidad solicitar prestación por cese actividad del 70% de la base de cotización, sin periodo carencia
Y ADEMÁS:
– El Consorcio de Seguros (CCS) empezará a abonar mañana las primeras indemnizaciones a aquellas familias y empresas que han perdido un vehículo un 20% superior al valor tasación.
– ERTE
Exención pago del 100% cotizaciones SS de los trabajadores al menos hasta Febrero de 2025.
– Activación Línea avales DANA por 5.000 M€
Para pymes, autónomos, economía social y hogares.
Gestionada por el ICO a través de entidades bancarias, con el aval del Gobierno.
Reequipar empresas, reabrir negocios y reparar viviendas.
Primer tramo: 1.000 M€.
Disponibilidad prevista a partir de la próxima semana.
– Paquete moratorias y exenciones fiscales
Ciudadanos afectados podrán retrasar 2º pago declaración IRPF en 2025, así como otros impuestos pendientes con la AEAT. No se pagará IBI de inmuebles dañados ni tasas de tramitación bajas de vehículos o de expedición documentos oficiales perdidos.
– Hipotecas o préstamos al consumo
Se podrá posponer el pago íntegro de los créditos durante 3 meses y pagar sólo los intereses durante 9 meses adicionales.
BOE 268 del Real Decreto-Ley 6/2024.
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